El síndrome del Burnout por la pandemia

La pandemia por COVID-19 ha desatado altos niveles de estrés entre los trabajadores. Desde la sobrecarga laboral y los factores familiares debido al confinamiento, a temas sociales y políticos han afectado a los colaboradores.

En Bermúdez Abogados somos un despacho especializado en derecho laboral que busca satisfacer las diferentes necesidades de sus clientes en relación a materia laboral, contable y fiscal para su empresa.

El desgaste profesional o síndrome de burnout (que podría traducirse como estar quemado laboralmente) lo define la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un síndrome derivado del estrés crónico en el lugar de trabajo. En el 2019 lo incluyó en el listado de padecimientos laborales y a partir del 2022 será considerado así en todos los países miembros, México entre ellos.

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), México es uno de los países en en los que más fatiga por estrés laboral padecía antes del nuevo coronavirus. Un 75% de las personas trabajadoras lo sufría, superando a quienes laboran en China (73%) o Estados Unidos (59%).

Regulación del home office y NOM 035

Cada persona somatiza de manera diferente el estrés, pero lo que sí es seguro es que repercute en una baja productividad del empleado. Según la OMS, la depresión y la ansiedad provocan una pérdida anual de 1 billón de dólares en productividad a nivel global.

En la Cámara de Diputados está congelada una reforma sobre la regulación del home office, aprobada en el Senado, que fija las reglas para esa modalidad de trabajo para evitar abusos de los empleadores y garantizar derechos.

La Norma Oficial Mexicana NOM 035 también será una herramienta para prevenir el burnout en las empresas. Ese mecanismo fue creado para determinar las condiciones en el entorno laboral que podrían causar padecimientos mentales entre los trabajadores.

Su aplicación es obligatoria y consta de dos etapas. La primera comenzó el 23 de octubre del 2019 y se trata de la identificación de los trabajadores “expuestos a acontecimientos traumáticos severos, y la difusión de la información”, según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

La segunda comienza el próximo 23 de octubre de este año. Será entonces cuando las empresas deben identificar los factores de riesgo psicosocial, evaluar el entorno laboral, practicar exámenes médicos a los trabajadores y crear un plan de control para evitar que padezcan una enfermedad laboral.


En la actualidad tenemos identificados y en marcha los documentos necesarios para cumplir con la Norma y el personal capacitado para llevar a cabo ese cometido.

Para quienes estén interesados en dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana 035, en Bermúdez Abogados nos ponemos a sus órdenes para implementarla.

Pueden comunicarse con nosotros a los teléfonos de nuestro despacho que son 52 64 02 25, 5574 24 28, 55 64 47 19 y 52 64 18 16, WhatsApp 55 54 15 16 74 y correo electrónico info@bermudezabogados.mx

Fuente: Factor Capital Humano

Foto: iStock

 

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