03 Nov Obligaciones de patrones y trabajadores en 2ª etapa de NOM-035-STPS-2018
El pasado 23 de octubre entró en vigor la segunda etapa de la NOM 035. Los centros de trabajo deben cumplir a plenitud con todas las disposiciones de la nueva regulación para prevenir factores de riesgos psicosociales, es decir, todos aquellos elementos presentes en el ambiente laboral que ponen en peligro la salud emocional de los trabajadores.
En Bermúdez Abogados somos un despacho especializado en derecho laboral que busca satisfacer las diferentes necesidades de sus clientes en relación a materia laboral, contable y fiscal para su empresa.
¿Qué son los riesgos psicosociales?
Los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, de acuerdo con la NOM 035, se clasifican en cuatro categorías: organización, contenido, relaciones y condiciones.
La sobrecarga de trabajo, falta de herramientas adecuadas o jornadas laborales excesivas son agentes de riesgo relacionados con la organización del trabajo. Contenido, se refiere a situaciones en las que el trabajador, por ejemplo, tiene que lidiar con clientes que lo maltratan, como un operador telefónico o poner en riesgo su vida como un custodio de valores. En la categoría de relaciones hace referencia al vínculo con los compañeros, liderazgos negativos o acoso laboral. Los términos del contrato son un factor de condiciones.
Obligaciones que debe cumplir un centro de trabajo
Dependiendo del número de empleados la NOM 035 indica las obligaciones que debe cumplir cada centro de trabajo. La primera fase empezó en octubre del 2019 con acciones preventivas, sin embargo ahora las organizaciones también deben cumplir las obligaciones vinculadas a la identificación y medición de los riesgos.
En ese sentido, las empresas deberán cumplir con lo siguiente:
Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores
-Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple: la prevención de los factores de riesgo psicosocial; la prevención de la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable.
-Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
-Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención.
-Difundir y proporcionar información a los trabajadores
Todas estas acciones son obligatorias desde octubre del año pasado; las microempresas que ya cumplen con estas disposiciones están en regla con la NOM 035.
Centros de trabajo donde laboran de 16 a 50 trabajadores
Debe cumplir con los puntos anteriores, más:
-Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores (aplicación de cuestionario).
-Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud.
-Contar con un registro de los resultados de la identificación y análisis de los factores con los nombres de los trabajadores y las medidas adoptadas por la empresa.
-Incluir las acciones de control en un programa para la atención de factores de riesgos psicosocial y prevenir violencia laboral, el cual deberá contener el tipo de acciones, los trabajadores que participan, el control de los avances, las evaluaciones posteriores a la aplicación de las medidas, las fechas programadas y el nombre del responsable.
Centros de trabajo donde laboran más de 51 trabajadores
Además de implementar las acciones de las dos últimas categorías, también deben:
-Hacer una evaluación del entorno organizacional, la cual puede realizarse con una muestra representativa. (Aplicación de cuestionario).
-Integrar al diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo –previsto en la NOM 030– los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional.
-Estos resultados deberán integrarse en un informe.
-Poner a disposición de los trabajadores los resultados para su consulta.
-Realizar la identificación de riesgos psicosociales y la evaluación del entorno organización por lo menos cada dos años.
Los trabajadores también deben cumplir
La NOM 035 no sólo impone medidas a los centros de trabajo, parte del éxito de esta norma depende de que los trabajadores adquieran un rol activo en la prevención de riesgos psicosociales.
Por ello, la norma también contempla otras obligaciones que deben cumplir los trabajadores:
Promover un buen ambiente. Abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.
Participación activa. Participar en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, en la evaluación del entorno organizacional.
Acatar nuevas medidas. Observar las medidas de prevención y control que dispone la norma y las que establezca su centro de trabajo para gestionar los factores de riesgo psicosocial. Colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.
Denunciar violencia laboral. Informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral a través de los mecanismos establecidos por el centro de trabajo.
Reporte personal. Informar al patrón por escrito si ha presenciado o sufrido un acontecimiento traumático severo.
Involucrarse en las medidas. Participar en los eventos de información que proporcione el patrón.
Exámenes y evaluaciones. Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas que determinan la presente Norma.
Esta normativa de riesgos psicosociales tiene como objetivo crear entornos organizacionales favorables, caracterizados por un ambiente donde se promueva el sentido de pertenencia, haya capacitación alineada a las responsabilidades del puesto, el trabajador conozca sus funciones y responsabilidades así como aportar ideas para mejorar su trabajo, haya una distribución adecuada de las cargas de trabajo, se respeten las jornadas laborales y haya evaluación y reconocimiento del desempeño.
En Bermúdez Abogados tenemos identificados y en marcha los documentos necesarios para cumplir con la Norma y el personal capacitado para llevar a cabo ese cometido. Para quienes estén interesados en dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana 035, nos ponemos a sus órdenes para implementarla.
Pueden comunicarse con nosotros a los teléfonos de nuestro despacho que son 52 64 02 25, 5574 24 28, 55 64 47 19 y 52 64 18 16, WhatsApp 55 54 15 16 74 y correo electrónico info@bermudezabogados.mx
Fuente: Factor Capital Humano
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