STPS propone reducir los plazos para la inspección de las empresas

Entre las modificaciones presentadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) al reglamento general de inspección para fortalecer la supervisión de los centros laborales, la más destacada es el endurecimiento de las reglas para las empresas inspeccionadas, reduciendo de 90 a cinco días el tiempo que tendrán los patrones para corregir las irregularidades detectadas.

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El reglamento actualmente vigente establece que en todas las visitas que realicen los inspectores a los centros laborales, podrán fijar plazos que van desde la aplicación inmediata y observancia permanente hasta 90 días para que los empleadores corrijan las deficiencias e irregularidades identificadas. Este periodo puede ser prorrogable por una ocasión y por un plazo igual al otorgado, siempre y cuando no se ponga en riesgo la vida y seguridad de los trabajadores. Es decir, un centro de trabajo puede tener hasta 180 días hábiles para realizar correcciones

No obstante, las modificaciones que pretender realizar la STPS, y que se encuentran en revisión en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), limitaran a cinco días el plazo máximo para que las empresas adopten las acciones necesarias para subsanar las irregularidades que se observen durante la inspección.

Los empleadores sólo podrán tener una prórroga de hasta cinco días adicionales cuando se trate de una inspección de seguridad y salud en el trabajo, siempre y cuando el centro laboral justifique “que el origen de las deficiencias detectadas corresponda a causas ajenas”.

Para el resto de las inspecciones, como las de condiciones generales o las de capacitación, los patrones contarán sólo con cinco días hábiles —sin prórroga— para formular observaciones y ofrecer pruebas en relación a los hechos consignados en el acta de la visita, de lo contrario podrán ser acreedores de sanciones y multas.

Para algunos especialistas, el nuevo plazo tiene aspectos positivos y negativos. Si bien el tiempo que se otorga actualmente es muy largo, los cinco días que se plantean es un periodo muy corto, por lo que sería necesario acompañar la nueva regla con capacitación tanto para empresarios como para la especialización de los inspectores.

En 2019, la STPS introdujo cambios en la estrategia de inspección, como el cruce de información con bases de datos de otros organismos públicos, lo que permitió concentrar las verificaciones en los centros de trabajo donde se han detectado anomalías. Para este año, la dependencia fijó como meta realizar 40 mil inspecciones con un enfoque especial en la subcontratación ilegal, las condiciones y seguridad de mineros y trabajadores del campo y, en especial, para el combate al trabajo infantil.

Más cambios previstos

Además de acotar el tiempo de respuesta, la dependencia plantea detallar con precisión mecanismos alternos a la inspección, nuevos objetivos de las visitas de verificación y dos supuestos más para realizar inspecciones extraordinarias, entre otros ajustes.

Éstas son las modificaciones previstas:

» Mecanismos alternos

En el reglamento todavía vigente ya se contemplan los mecanismos alternos a la inspección, pero el proyecto presentado por la STPS los detalla con más precisión. De esta manera, los esquemas a los que podrán acceder los patrones para acreditar el cumplimiento de los ordenamientos legales son:

-Programas de cumplimiento voluntario que establezca la Secretaría del Trabajo.

-Procedimientos alternativos para el cumplimiento de la normatividad laboral, como los organismos de evaluación de conformidad.

-Acciones de concertación y colaboración que la STPS determine a través de convenios.

» Visitas de asesoría

La dependencia ha manifestado un interés en fortalecer los mecanismos de cumplimiento voluntario, por lo que las empresas que se encuentren en un programa con estas características recibirán visitas para asesoría y asistencia técnica, quedando exentos de las inspecciones ordinarias.

» Inspecciones de verificación

Actualmente las visitas de verificación tienen como objetivo corroborar la información proporcionada por los empleadores en los programas de cumplimiento voluntario y la veracidad de los hechos asentados por los inspectores de trabajo en los informes. La STPS contempla ampliar este tipo de inspecciones para verificar las evaluaciones de conformidad que realizan agencias particulares acreditadas.

Las irregularidades que se detecten durante la visita con respecto a la información asentada en las evaluaciones de conformidad también podrán tener consecuencias para los organismos que ejecutan este mecanismo alterno de cumplimiento.

» Inspecciones extraordinarias

Este tipo de visitas se realizan fuera del plan ordinario e implica que la dependencia no está obligada a notificarle con anticipación al centro de trabajo que realizará la inspección, ésta se desahoga en el momento en el que el inspector acude a la empresa.

Los dos nuevos supuestos que incluirá la STPS para ejecutar inspecciones extraordinarias son cuando se deriven de una estrategia específica del programa anual de inspecciones, como las de outsourcing ilegal contempladas para 2021, y cuando haya que corroborar el cumplimiento de medidas que se hayan dictado en resoluciones.

Los inspectores del trabajo no sólo se encuentran realizando visitas para cumplir con la normatividad laboral, sino tienen el papel de apoyo para el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en la supervisión de los procesos de legitimación de contratos colectivos.


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Fuente: El Economista

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