La importancia de legitimar los contratos colectivos de trabajo

La legitimación de contratos colectivos es un procedimiento que fue establecido con la reforma laboral de 2019 y se realiza en una sola ocasión. En términos prácticos, se refiere al proceso mediante el cual los trabajadores otorgan su respaldo o rechazan el documento que contiene sus condiciones laborales y protege su relación de trabajo. Es una disposición que deberán cumplir todos los sindicatos en México sin excepción, antes del 1 de mayo de 2023.

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Hasta mediados de agosto, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) confirmó que se han legitimado un poco más de 1,400 contratos colectivos, con la participación de alrededor de 780,000 trabajadores a través de 3,500 consultas. La dependencia estima que para octubre, cuando el nuevo modelo laboral empiece a operar en 13 entidades más, serán un millón de personas trabajadoras las consultadas sobre sus condiciones laborales.

La legitimación de contratos colectivos consiste en una consulta donde los trabajadores emiten su voto personal, libre, directo y secreto para definir si respaldan o no el contenido del contrato colectivo vigente. En caso de no realizar este procedimiento antes de la fecha límite o que la fuerza laboral rechace el documento, el contrato será anulado y las prestaciones y condiciones contempladas en este quedarán protegidas en contratos individuales.

Desde mayo de este año, la autoridad responsable del proceso es el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), quien se encarga del trámite y el seguimiento de cada caso.

El protocolo de legitimación cuenta con un mecanismo de quejas para que los trabajadores impugnen el procedimiento en caso de identificar anomalías en alguna etapa del proceso. Algunas situaciones que podrían dar paso a impugnaciones de la legitimación del contrato colectivo son: no recibir un ejemplo impreso del contrato; actos de violencia, coacción o intimidación por parte de los empleadores o representantes sindicales; impedir el voto de trabajadores con derecho a votar; realizar la consulta sin la presencia de autoridades; no publicar los resultados en un lugar visible, entre otros.


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Fuente: El Economista

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