Comunicado | Reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones

Estimados clientes y amigos:

Por este conducto reciban nuestros parabienes para el año 2023, que seguramente será venturoso para ustedes, sus familias, empleados y empresa.

Como todos ya conocen, a partir del 1 de enero del presente año, entró en vigor la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en lo que se refiere a las vacaciones que han sido incrementadas en un 100% y en tal virtud les exponemos las siguientes precisiones:

En primer término es importante señalar que la Reforma al artículo 76 de la ley, se refiere a que disfrutarán de un periodo vacacional de 12 días los trabajadores que tengan más de un año de servicios, por lo que es necesario señalar que aquellos trabajadores que tengan días pendientes de disfrutar por ese concepto del año anterior (2022) ya disfrutarán estos días con apego a la Reforma y por tanto se sumarán a los días pendientes, los que les toque en relación al porcentaje que se incrementó por ese concepto, esto es si quedaban pendientes tres días de vacaciones, ahora disfrutarán de seis días más para completar el periodo, en los términos señalados por el artículo 2° transitorio del Decreto en cuestión.

Por otra parte la reforma al artículo 78 señala que los trabajadores disfrutarán de 12 días de vacaciones continuos, teniendo el trabajador la facultad de distribuirlos en la forma y tiempo que le convenga.

La prima vacacional queda en el 25%, ya que no sufrió reforma alguna.

Quedamos como siempre a sus órdenes.

ATENTAMENTE

LIC. LEANDRO BERMÚDEZ PINEDA

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