Dudas en la implementación de la NOM-037-STPS-2022

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) difundió las respuestas a los comentarios recibidos durante la consulta pública del proyecto de NOM de Teletrabajo y el pasado 15 de mayo se publicaron en el DOF. Algunas de estas observaciones se tradujeron en cambios al proyecto enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para su análisis.

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En suma, fueron 74 promoventes entre especialistas, áreas de gobierno, organismos empresariales, consultorías y organizaciones no gubernamentales que plantearon más de un centenar de observaciones, las cuales fueron analizadas por la dependencia, aunque no todas derivaron en cambios a la propuesta para la NOM-037.

Éstos fueron algunas de las propuestas que recibió la STPS durante la consulta pública del proyecto:

-Reducir el porcentaje de tiempo de la jornada laboral para que se configure el teletrabajo, el cual se encuentra actualmente en 40 por ciento.

-Eliminar términos como “prestación de servicios”.

-Establecer la periodicidad con la que se verificarán las condiciones de seguridad y salud en esta modalidad de empleo.

-Incorporar la obligación de trabajadores de respetar su jornada laboral y cumplir con sus actividades dentro de esta, así como observar los lineamientos de desconexión.

-Eliminar la opción de que los empleadores visiten el domicilio de los empleados para verificar las condiciones.

-Establecer los momentos en los que las personas en teletrabajo deben acudir a la empresa.

-Incorporar el concepto de violencia digital.

-Ampliar la definición de desconexión digital.

-Validación de la STPS de las listas de verificación en la que los trabajadores reportarán a sus patrones las condiciones de su espacio laboral fuera de la oficina.

-Creación de una subcomisión de seguridad e higiene para el teletrabajo.

-Manifestación escrita de los empleados sobre su deseo de laborar de manera presencial cuando no se cumplan las condiciones para el trabajo remoto.

-Fijar la cantidad de apoyo económico que otorgarán las empresas para gastos de luz e internet.

-Establecer la posibilidad de que las empresas entreguen apoyo económico para que los trabajadores adquieran las herramientas para el home office.

-Indicar que la silla ergonómica debe garantizar la prevención de afectaciones a la salud.

-Establecer la periodicidad del mantenimiento del equipo de trabajo.

-Determinar si los accidentes en el lugar donde se teletrabaja serán considerados o no para el incremento de la póliza que pagan las empresas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

-Aplicación de exámenes médicos a personas en la modalidad de trabajo remoto.

-Contar con un plan de integridad corporativa que incluya, por lo menos, un mecanismo para el reporte de incidentes laborales, código de ética o similar.

-Reforzar la inspección de trabajo para este esquema.

-Período de transición de un año para su entrada en vigor.

En algunos casos, la STPS solo tomó parcialmente en consideración los comentarios para realizar ajustes, mientras que descartó algunas observaciones por considerar que entraban en conflicto con la Ley Federal del Trabajo. En otros casos, se descartaron aspectos que los empleados y empleadores pueden acordar de manera mutua, como los apoyos para la compra de herramientas de trabajo o la frecuencia de aplicación de las listas de verificación.

Entre las propuestas rechazadas por la STPS se encuentran la extensión del período de transición a un año, la creación de subcomisiones de seguridad e higiene para el teletrabajo, la reducción del tiempo mínimo fuera de la oficina para considerarlo trabajo remoto y los límites para los gastos de electricidad o internet, entre otras propuestas.

Sin embargo, la dependencia realizó cambios al proyecto basándose en los comentarios recibidos. Por ejemplo, se estableció un papel más activo para las comisiones de seguridad e higiene de las empresas, encargadas de supervisar las condiciones del entorno laboral de los teletrabajadores, y se realizaron adaptaciones en el uso de las listas de verificación.

En algunas definiciones, la STPS aceptó modificaciones en la redacción del derecho a la desconexión, reconociendo la posibilidad de que los trabajadores se desconecten al finalizar su jornada laboral, durante vacaciones, permisos y pausas establecidas, especialmente en horarios flexibles.

Por su parte, la Conamer ha dado su aprobación a la Secretaría del Trabajo para que pueda publicarse la NOM-037 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), completando así el último trámite del instrumento regulatorio.

¿Qué es la NOM-037?

La NOM-037 es una norma derivada de la reforma del teletrabajo en enero de 2021, la cual otorgó a la Secretaría del Trabajo un plazo de 18 meses para publicar una Norma Oficial Mexicana que regule las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo para el teletrabajo.

Esta norma ha sido elaborada en colaboración con especialistas, representantes empresariales y sindicales, y establecerá las condiciones mínimas que deben cumplirse en el trabajo remoto para evitar riesgos laborales, así como los mecanismos para evaluar dichas condiciones. También incluirá una política de teletrabajo que establecerá, entre otros aspectos, los medios de comunicación entre empleadores y colaboradores, la duración de la jornada laboral, las pausas y el procedimiento para informar cambios en el lugar de trabajo.

Una vez que la Norma de Teletrabajo sea publicada en el Diario Oficial de la Federación, entrará en vigor 180 días naturales después y será obligatoria para todos los centros de trabajo en los que más del 40% de la jornada laboral se realice bajo este esquema.


Bermúdez Abogados asesora y acompaña a empresas en implementar la NOM-037 de Teletrabajo. Puede comunicarse con nosotros al WhatsApp 55 5415 1674, al teléfono 5574 2428 o bien al correo electrónico info@bermudezabogados.mx y podrá recibir una asesoría laboral gratuita.

Fuente: El Economista

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