Cumplimiento de la NOM-036 de riesgos ergonómicos

En marzo de este año, se implementó la NOM-036, una normativa sobre factores de riesgo ergonómicos en el trabajo, destinada a mejorar la seguridad y salud de los trabajadores que manejan cargas manualmente.

Bermúdez Abogados es un despacho especializado en derecho laboral con más de 40 años de experiencia asesorando a empresas y particulares.

La Organización Mundial del Trabajo (OMS) ha destacado la importancia de prevenir los trastornos musculoesqueléticos, que abarcan más de 150 problemas en el sistema locomotor.

Estos trastornos incluyen desde problemas repentinos y temporales como fracturas, esguinces y distensiones, hasta enfermedades crónicas que causan limitaciones funcionales e incapacidades permanentes.

Un reciente análisis de la carga mundial de morbilidad revela que aproximadamente 1,710 millones de personas en el mundo sufren trastornos musculoesqueléticos.

De todos estos trastornos a nivel global, las fracturas representan el 25.4%, la artrosis el 20.0%, el dolor de cuello el 12.9% y las amputaciones el 10.2%.

En México, la tendencia es similar. Según la Memoria Estadística del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al menos el 24.7% de las enfermedades laborales están relacionadas con trastornos musculoesqueléticos y problemas ergonómicos en el puesto de trabajo.

Las dorsopatías, en particular, son casos agudos con largas y discapacitantes latencias. No obstante, estas condiciones pueden prevenirse mediante la vigilancia de los factores de riesgo ergonómico y políticas de prevención y rotación de turnos, según el IMSS.

Las 6 obligaciones que tienen los patrones con la NOM-036

Según la Norma 036, estas son las obligaciones de los empleadores en la prevención de riesgos ergonómicos:

1/ Análisis de riesgo

Realizar un análisis de los factores de riesgo ergonómico en el manejo manual de cargas, que incluya:

-Identificación de actividades expuestas a riesgos ergonómicos.

-Estimación simple del nivel de riesgo o evaluación rápida.

-Evaluación específica del nivel de riesgo cuando sea necesario.

2/ Medidas de prevención

Adoptar medidas para reducir o eliminar los factores de riesgo ergonómico. Esto incluye:

-Trabajadores físicamente aptos para manejar cargas.

-Procedimientos de seguridad adecuados para la realización de actividades.

-Evaluación de la carga, el ambiente y la trayectoria del transporte.

3/ Vigilancia

Monitorear la salud de los trabajadores expuestos a riesgos ergonómicos. Esto incluye:

-Proveer ropa y equipo de protección personal.

-Establecer medidas de seguridad para levantar y transportar cargas.

4/ Capacitación

Ofrecer capacitación en procedimientos de seguridad y prácticas de trabajo seguro, con énfasis en la prevención de riesgos para los trabajadores más expuestos.

5/ Información sobre consecuencias

Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por el manejo manual de cargas.

6/ Registros de medidas

Mantener registros de las medidas preventivas adoptadas y los exámenes médicos realizados.

Impacto positivo de la NOM-036

Se espera que esta norma tenga un impacto especialmente positivo en sectores con altos riesgos físicos, como el transporte, la industria cementera y la molinera, según la firma de evaluaciones ergonómicas Ergo/IBV.

La Norma 036 es de carácter preventivo y su objetivo es la identificación, análisis, prevención y control de los factores de riesgo ergonómico. Aplica en todo el territorio nacional y es obligatoria para todos los centros de trabajo donde se manejen cargas manuales de tres kilogramos o más de manera regular. Por lo tanto, al menos 14 mil centros de trabajo en todo el país deben implementarla, según Ergo/IBV.


Esta norma tuvo una prórroga debido a la pandemia de Covid-19, pero a partir de marzo de 2024 ya es exigible para las empresas.

Bermúdez Abogados somos una firma especializada en derecho laboral. Asesoramos en la prevención y conciliación laboral en empresa, ayudando en el éxito de la misión corporativa.

Puede comunicarse con nosotros al WhatsApp 56 1291 5423, al teléfono 55 5574 2428 o bien al correo electrónico info@bermudezabogados.mx y podrá recibir una asesoría laboral gratuita.

Fuente: El Economista

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.

WhatsApp Escríbanos un WhatsApp