19 Jul Cómo consolidar el teletrabajo como opción pospandemia
El 2020 ha sido un parteaguas en todo el mundo y también en la vida laboral de muchas personas. La pandemia se convirtió, sin quererlo, en la promotora más grande del teletrabajo permitiendo continuar con algunas operaciones y cuidar a una parte de la fuerza laboral. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que en América Latina alrededor de 23 millones de personas transitaron al home office durante en el 2020.
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Entre el 20 y 30% de los asalariados en la región trabajó desde casa durante el 2020; esa proporción era de 3% en 2019. El teletrabajo facilitó la continuidad de ciertas actividades económicas, hecho importante en un contexto masivo de pérdida de empleos y horas trabajadas. Esto es lo que destaca la OIT en su informe Desafíos y oportunidades del teletrabajo en América Latina y el Caribe.
Con todo, el teletrabajo no fue una realidad generalizada y su adopción estuvo sujeta a diversas condiciones. El estudio refiere que el teletrabajo favoreció a los trabajadores formales, con mayor nivel educativo, adultos, con mejores ingresos y con tareas profesionales, técnicas, administrativas y gerenciales.
La OIT destaca que aunque aún es prematuro saber qué pasará con el teletrabajo en la región, es probable que la tendencia en el mundo del trabajo lo haga hacia modelos híbridos. El informe agrega que es un hecho que tanto empresas como trabajadores deben tomar en cuenta las lecciones aprendidas durante la pandemia, así como los beneficios y los riesgos del trabajo desde casa.
De acuerdo con la OIT, la permanencia del teletrabajo debe considerar estos 8 aspectos para aprovechar todos los beneficios de la modalidad tanto para las empresas, como para los trabajadores:
- Voluntariedad y acuerdo entre las partes
El teletrabajo, antes de la pandemia, requería del interés del trabajador. Sin embargo, debido a ella lo llevó a una adopción obligatoria. La modalidad se implementó sin el consentimiento de las personas, se entendía que una situación extraordinaria lo demandaba así. Sin embargo, conforme la crisis sanitaria se contenga y los planes de vacunación avancen, es probable que se puedan retomar actividades presenciales; por ello, el trabajo desde casa debe volver a ser voluntario.
- Organización y tiempo de trabajo
La discusión en torno a la autonomía en el tiempo de trabajo no es nueva y hoy debe estar más vigente que nunca. La nueva normalidad y la acelerada digitalización implican que gobiernos, empleadores y representantes de los trabajadores encuentren nuevos medios para aplicar de forma eficaz a nivel nacional determinados límites máximos de las horas de trabajo, por ejemplo, a través de la desconexión digital. En nuestro país, ya se aprobó una ley para ello.
- Seguridad y salud en el trabajo
El teletrabajo viene acompañado de nuevos riesgos, tanto físicos como mentales. Por ejemplo, las extensas jornadas laborales, la necesidad o percepción de estar disponible en todo momento y las altas cargas de trabajo son factores que pueden impactar negativamente la salud mental de las personas.
Por ello se deben incorporar contenidos de seguridad y salud en los marcos regulatorios del teletrabajo y determinar los mecanismos de inspección laboral en esta modalidad de trabajo para asegurar que los trabajadores puedan desarrollar sus labores desde sus hogares en forma eficaz, eficiente y saludable.
- Equipamiento y servicios de trabajo
Las regulaciones en América Latina han avanzado en la protección del derecho de las personas trabajadoras a las herramientas y servicios en el trabajo a distancia. Sin embargo, es importante que la fuerza laboral tenga el acceso a equipos adecuados para mantener la eficiencia en el teletrabajo. En nuestro país, ya se contempla en la nueva reforma para el teletrabajo.
- Protección de privacidad de los empleados
El respeto a la privacidad es un elemento difícil de encontrar en la regulación del teletrabajo en la región. Por tanto, es vital incorporar en las legislaciones existentes y futuras los aspectos asociados con las medidas necesarias para garantizar la protección de los datos utilizados por los trabajadores bajo esta modalidad.
- Perspectiva de género
Aunque el teletrabajo facilita la incorporación y permanencia de las mujeres a la economía, en el otro extremo, también puede acentuar la tensión entre el tiempo destinado al trabajo y a las tareas del hogar y de cuidados. Se requieren políticas que favorezcan una distribución equitativa de las tareas del hogar; de promoción en las empresas que incluyan a los teletrabajadores; servicios públicos de cuidado de alta cobertura; consideración de la perspectiva de género en los programas públicos y los provistos por las empresas en materia de capacitación y entrenamiento en tecnologías digitales.
- Libertad sindical
En paralelo a los avances en materia normativa del teletrabajo, es probable que algunos aspectos más específicos en función del tipo de actividad y otras características del puesto deban ser delegados al ámbito de la negociación colectiva entre trabajadores y empleadores. En este sentido, resulta importante evitar que el mayor aislamiento de los trabajadores debilite la representación sindical y, con ello, el cumplimiento de los derechos individuales y colectivos.
- Relación laboral y cumplimiento de la legislación
El home office, sin un control adecuado, podría facilitar las relaciones laborales encubiertas, donde se reconozca la dependencia y, por lo tanto, se incremente el trabajo independiente. Adicional a esto, la complejidad de las inspecciones en lugares ajenos al centro de trabajo pone en riesgo la formalización de los teletrabajadores.
Regulaciones del teletrabajo en América Latina
Previo a la emergencia sanitaria, algunos países de Latinoamérica ya contaban con algún tipo de regulación para el teletrabajo, como Colombia, Brasil, Perú y Costa Rica. Pero a raíz de la pandemia, naciones como México, Panamá, El Salvador, Chile y Argentina legislaron sobre el tema.
Las regulaciones de esta modalidad también muestran similitudes en materia de seguridad y salud en el trabajo y la organización del teletrabajo, como la frecuencia de éste. Pero las condiciones en relación a la privacidad y protección de datos sólo están detalladas en unos pocos países de la región. También con menor frecuencia ha sido abordado el derecho a la desconexión digital o la implementación efectiva sobre el teletrabajo.
En Bermúdez Abogados estamos a sus órdenes para apoyarlos con los cambios a la nueva ley de teletrabajo. Nos encuentran en nuestros teléfonos 52 64 02 25, 55 74 24 28, 55 64 47 19 o bien por WhatsApp 55 54 15 16 74.
Fuente: El Economista
Foto: Tirachardz
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