Comunicado IMMS Acuerdo Nº 147/2020 por COVID-19

Estimados clientes y amigos:

El Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de su Consejo Técnico ha emitido el acuerdo No. 147/2020 que en síntesis señala lo siguiente:

Los trabajadores que presenten síntomas de tener COVID 19, deberán de contactar al Instituto en su plataforma y completarán un cuestionario de tamizaje para conocer si procede o no el llamado «permiso Covid 19” y para tal efecto si es concedido ese permiso especial, el Instituto por vía electrónica se lo concederá al trabajador y notificará por la misma vía al patrón.

El permiso por “Covid 19” será de 14 días y se le pagará al trabajador por incapacidad 11 días en los términos de la ley del Seguro Social, toda vez que es una «incapacidad temporal por enfermedad general», de igual forma se le hará llegar a su domicilio por mensajería un equipo de protección para no contagiar a sus familiares.

En el entendido anterior es válida la notificación que haga el Instituto a los patrones de este permiso especial.

Por otra parte, es importante señalar que no es conveniente despedir empleados en esta época ya que, si existen problemas para pagar sus salarios, se puede llegar a celebrar acuerdos con los trabajadores, pagando una parte del salario y difiriendo su cumplimiento total para el futuro a fin de conservar la planta laboral y evitar en lo posible las demandas que puedan interponer, toda vez que no existe por parte de la Autoridad ningún Decreto que establezca la contingencia sanitaria.

Esperamos que esta información sea de utilidad y estamos atentos a sus comentarios.

Atentamente,

LIC. LEANDRO BERMÚDEZ PINEDA.

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