06 Jul Entra en vigor en México el C190 de la OIT sobre violencia y acoso en el entorno laboral
Esta semana, México se convertirá en el octavo país en implementar el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la violencia y el acoso en el entorno laboral.
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Esta importante herramienta legal reconoce diversas formas de violencia y brinda protección a los trabajadores desde el momento en que buscan empleo, incluyendo a las víctimas de violencia doméstica. La entrada en vigor de este convenio se produce en un momento de grandes cambios y reformas en el ámbito laboral de México.
El Convenio 190 de la OIT ha despertado gran interés debido a que aborda un problema que ya no puede ser ignorado: la violencia en el trabajo. Su principal contribución radica en definir claramente qué constituye la violencia y el acoso, destacando que estos no se limitan únicamente a agresiones físicas y no se limitan al entorno laboral.
En su artículo 1, el convenio establece que se trata de comportamientos y prácticas inaceptables, incluyendo amenazas, que pueden ocurrir en una o varias ocasiones, y que causan o tienen el potencial de causar daño físico, psicológico, sexual o económico.
Pedro Américo Furtado, director de la Oficina de la OIT para México y Cuba, señala que México carece de una definición clara del concepto de violencia en el ámbito laboral.
El Convenio 190 también reconoce la violencia y el acoso por razones de género, considerándolos como tales cuando las agresiones se dirigen contra alguien debido a su sexo o género, o si afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado.
La ratificación de este convenio permitirá que la estructura legal mexicana pueda erradicar prácticas que generan ambientes laborales poco saludables y que afectan el proceso productivo, explica el funcionario de la OIT.
En cuanto a su alcance, el Convenio 190 protege a los trabajadores en el sector formal e informal, incluyendo a voluntarios, pasantes y aprendices, así como a personas despedidas, en busca de empleo o postulantes a vacantes. Se aplica tanto en el sector público como en el privado, tanto en áreas urbanas como rurales. Además, abarca situaciones donde la violencia ocurre en el lugar de trabajo, así como durante traslados, viajes laborales, fiestas de trabajo y eventos de formación.
El convenio reconoce que las agresiones también pueden tener lugar mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), como programas de mensajería, y que pueden ocurrir no solo en los espacios laborales, sino también en alojamientos proporcionados por los empleadores y durante los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.
Una vez que el Convenio 190 entre en vigor en México, el Estado tiene la obligación de realizar las reformas necesarias para incorporar estas disposiciones al derecho interno. Sin embargo, el compromiso adquirido no se detiene ahí, ya que México debe velar por la aplicación práctica de estas medidas, ya sea a través de decisiones judiciales, laudos o convenios colectivos, según lo establece el Manual sobre procedimientos en materia de convenios y recomendaciones internacionales del trabajo de la OIT.
El Convenio 190 va acompañado de una recomendación (R206) que propone seis medidas para mitigar el impacto de la violencia doméstica en el ámbito laboral. Se reconoce que la vulnerabilidad doméstica afecta el papel de la mujer en el lugar de trabajo y puede generar otros tipos de violencia en su empleo, ya que una persona vulnerable está en riesgo de sufrir más formas de violencia, advierte el director de la OIT.
En resumen, la entrada en vigor del Convenio 190 en México marca un hito importante en la protección de los trabajadores contra la violencia y el acoso en el entorno laboral. Este convenio contribuirá a promover ambientes de trabajo saludables y a fomentar la justicia social en el país, alineándose con las reformas laborales en curso y brindando protección a las víctimas de violencia en el ámbito laboral y doméstico.
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Fuente: El Economista
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