Iniciativa de igualdad salarial entre mujeres y hombres

El Senado discutirá en los próximos días el dictamen con proyecto de decreto para establecer la igualdad salarial en México y no discriminación entre mujeres y hombres. Esta propuesta pretende modificar 14 leyes federales, introduciendo por primera vez el concepto “brecha salarial de género”. También contempla multas a las empresas que no obtengan un certificado de no discriminación.

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De acuerdo al Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), en México las trabajadoras ganan 34% menos en promedio que sus compañeros por hacer la misma labor y tener la misma jornada. Aunque es un problema que sucede en todo el mundo, el promedio mundial es 23 puntos menos que en nuestro país. Y en Europa la brecha es de 16%, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Uno de los puntos de esta propuesta de reforma es que en el artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) quede “estrictamente prohibido” preguntar el historial salarial en cualquier momento del proceso de contratación laboral. También, cuestionar sobre el tiempo en la que permaneció en otros empleos.

Pero si después de la negociación del salario, la trabajadora o el trabajador, “sin coacción”, dan a conocer cuánto percibía, la empresa puede buscar información para confirmarlo. Esto quedaría asentado en un nuevo artículo de esa ley, el 116 Bis.

Certificado en igualdad laboral

Si la reforma es aprobada por ambas Cámaras, la LFT definirá como brecha salarial de género a la “disparidad existente entre el salario promedio que reciben hombres y mujeres por trabajo igual o de igual valor, en un mismo centro de trabajo”.

Según un análisis del Inmujeres, un funcionario gana 20,000 pesos mensuales en promedio. Mientras que una funcionaria percibe 15,000 pesos. Y la brecha salarial entre las trabajadoras y los trabajadores del hogar alcanza el 80 por ciento.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia también prohibirá que se pregunte a cualquier persona sobre cuánto ganaba en su anterior trabajo. Y las acciones u omisiones que perpetúen la brecha salarial de género, serán consideradas como una de las manifestaciones de la violencia.

El Senado propuso añadir un artículo 172 Bis a la LFT. Las empresas tendrían la obligación de contar con un Certificado en Igualdad de Género y No Discriminación. De no tenerlo, podrían ser multadas con una sanción de entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale actualmente a un monto de entre 21,720 y 434,000 pesos.

Aunque más adelante señala que si al menos lo ha intentado obtener, podrán librarse de la sanción.

En la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres se ordena la creación de un padrón de empresas que cuentan con el certificado. Ese documento lo emite el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

Con una modificación al artículo 251, Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrá facultades para identificar la brecha salarial en las empresas afiliadas. Deberá informar a las autoridades si la hallaron en un centro de trabajo.

Con este proyecto se otorgan más facultades y responsabilidades a las autoridades que realizan la inspección laboral. Tienen que asegurarse que en los centros de trabajo que visitan ponen en práctica la igualdad salarial entre quienes “desempeñen un puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales, sin distinción de género”.

Esto será reportado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y ésta, a su vez, publicará estos informes en el Sistema Público de Monitoreo de Prácticas Salariales y Normas del Trabajo.

Además, el dictamen indica que “las personas trabajadoras podrán denunciar los actos que vulneren el principio de igualdad salarial” y la STPS “las atenderá, procesará y en su caso aplicará las sanciones conforme a la presente ley”.

En la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación se señalará que otra forma de discriminar es provocar, directa o indirectamente, que la brecha de género salarial se perpetúe.

Brecha salarial prohibida en el gobierno federal

La brecha salarial de género también estará prohibida para el personal del gobierno federal. La iniciativa contempla cambios en este sentido dentro de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y la legislación de trabajadores del Estado.

El Manual de percepciones del personal del servicio público de las dependencias y entidades, que elabora la Secretaría de la Función Pública (SFP), debe incluir criterios de igual remuneración a trabajo igual. Esto, según la modificación propuesta a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación también deberá implementar una política de perspectiva de género y no discriminación. Para ello diseñará políticas públicas para la igualdad laboral y salarial, “debiendo garantizar el trabajo digno”.

Al reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, también estaría obligado a lo anterior el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Igualmente, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).


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Fuente: Factor Capital Humano

 

 

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