10 Abr Instituciones públicas podrán saldar deudas con el IMSS con propiedades y edificios
El Senado ha aprobado enmiendas a la Ley del Seguro Social (LSS) que permiten a entidades públicas compensar sus deudas con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mediante la transferencia de bienes inmuebles, debido a la falta de pago de cuotas obrero-patronales.
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«En la última década, hemos observado un problema particular donde algunas entidades públicas (como entidades federativas, municipales y organismos descentralizados) han acumulado créditos fiscales a favor del IMSS debido a la falta de liquidez para cubrir adeudos por cuotas obrero-patronales, lo que ha dificultado considerablemente o casi imposibilitado su cobro», indica el dictamen aprobado.
La reforma al artículo 253 de la LSS establece que los bienes inmuebles cedidos por entidades federativas, municipios y organismos descentralizados para saldar adeudos por cuotas obrero-patronales o para cumplir con sus obligaciones serán considerados patrimonio del IMSS.
El IMSS podrá aceptar estos inmuebles bajo ciertos criterios:
-No podrán ser utilizados para el pago de cuotas correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
-Deberán ser funcionales para las actividades del IMSS.
-Deben estar libres de gravámenes, cargas, procesos judiciales o contingencias.
El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales llevará a cabo la valuación de la propiedad, con base en la cual el IMSS determinará los saldos de los créditos o el monto de las obligaciones a cubrir.
El Consejo Técnico emitirá las bases de los lineamientos para la incorporación de las propiedades.
El pago en especie no dará derecho a la devolución de efectivo a favor del ente público una vez liquidados los adeudos y descontados los gastos de adjudicación.
La reforma, avalada por el Senado, concluyó su proceso legislativo tras su aprobación en noviembre de 2023 en la Cámara de Diputados y fue enviada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La modificación se justifica por la complejidad que enfrenta el IMSS para cobrar adeudos de entidades públicas debido a la falta de recursos, limitaciones presupuestarias y la carencia de bienes o garantías ejecutables para recuperar dichas deudas.
Actualmente, el marco legal no permite embargar bienes inmuebles públicos, por lo que se requiere un procedimiento administrativo para convertirlos en bienes susceptibles de ser utilizados como medio para cubrir obligaciones, según se destaca en la exposición de motivos del dictamen.
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Fuente: El Economista
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