Multas por incumplimiento en pago de utilidades

El pasado 30 de mayo venció el plazo para que las empresas paguen el reparto de utilidades a personas morales, para personas físicas el plazo vence el próximo 29 de junio.

Bermúdez Abogados somos un despacho especializado en derecho laboral que busca satisfacer las diferentes necesidades de sus clientes en relación con materia laboral, contable y fiscal para su empresa.

El reparto de utilidades es un derecho establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, regulada por la Ley Federal del Trabajo, la cual indica que todos los trabajadores de planta o eventuales tienen derecho al reparto de utilidades, incluidos aquellos que laboraron el año anterior al servicio de uno o más empleadores, a excepción de las personas que ocupan los puestos de:

-Dirección

-Administración

-Gerencias generales

-Socios

-Accionistas

-Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda

-Trabajadores del hogar

Las compañías que reportaron ganancias en su declaración anual y omitieron esta obligación pueden recibir una multa que va de los 24,055 a los 481,100 pesos, de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo. Estas sanciones son impuestas por la autoridad laboral después de verificar la irregularidad a través de una inspección. Es importante tener presente que el hecho de que una organización cubra este pago después de haber sido exigido por el trabajador también es un incumplimiento, por lo que el reparto tardío no la exenta de ser multada.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) reiteró que la pandemia no era justificación para no cumplir con el reparto de utilidades y puntualizó que las empresas que rebasaron los 300 mil pesos en ganancias en su declaración fiscal contaban con cantidad líquida para pagar PTU.

De acuerdo con lo establecido en la legislación federal, los trabajadores que no recibieron reparto de utilidades y su empresa cumplía con los criterios para otorgarlo, tienen un año para hacer exigible el monto correspondiente. El reclamo de los trabajadores también puede presentarse cuando consideren que el monto recibido es incompleto.

Motivo para emplazar a huelga

El incumplimiento en el pago del PTU es una de las causas previstas por la Ley Federal del Trabajo para emplazar a huelga, por lo que los sindicatos pueden buscar una suspensión de las labores en caso de incumplimiento de la empresa.

Como ya hemos venido comentando en otros artículos, este año el reparto de utilidades se debe haber pagado con el nuevo tope establecido con la reforma de subcontratación, el cual establece que el monto del PTU no debe exceder los tres meses de salario del trabajador o el promedio de los montos recibidos en los últimos tres años, lo que sea más benéfico para sus empleados.

Estas nuevas reglas para el cálculo del PTU han abierto la puerta a diversos escenarios, como recibir un monto más bajo que en años anteriores, un panorama que hay que tener presente para evitar conflictos legales.


En Bermúdez Abogados asesora y acompaña a empresas y particulares en materia laboral en materia de PTU. Puede comunicarse con nosotros al WhatsApp 55 5415 1674, al teléfono 5574 2428 o bien al correo electrónico info@bermudezabogados.mx y podrá recibir una asesoría laboral gratuita.

Fuente: El Economist

Foto de ceo creado por pressfoto – www.freepik.es

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