Pago por trabajar en días festivos en México

La Ley Federal del Trabajo (LFT) reconoce diversos días de descanso obligatorio, pero permite a los empleados trabajar en esas fechas a cambio de una compensación superior. En otras palabras, una persona puede desempeñar labores en un día festivo siempre y cuando reciba un salario mayor.

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Específicamente, el artículo 73 de la LFT establece que los trabajadores que prestan servicios en un día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir su salario diario más un pago equivalente a un salario doble, lo que en términos prácticos se traduce en un pago triple por el día laborado.

«Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. En caso de que esta disposición se viole, el patrón deberá pagar al trabajador, además del salario correspondiente al descanso, un salario doble por el servicio prestado», establece la legislación laboral.

Por ejemplo, si una persona percibe dos salarios mínimos diarios (497.86 pesos) y trabaja en un día festivo, debería recibir una remuneración de 1,493.58 pesos, que consta de 995.72 como pago doble más su compensación diaria.

La Ley Federal del Trabajo contempla en total nueve días de descanso obligatorio (siete fijos y dos cada seis años). En 2024, los días festivos oficiales para los trabajadores incluyen el 1 de enero, 5 de febrero, 18 de marzo, 1 de mayo, 2 de junio, 16 de septiembre, 1 de octubre, 18 de noviembre y 25 de diciembre.

En caso de que el día festivo caiga en domingo (como será este año el 2 de junio por las elecciones federales), además del pago triple, la legislación laboral prevé una prima dominical equivalente al 25% del salario ordinario del día de trabajo. Siguiendo el ejemplo anterior, un trabajador que percibe dos salarios mínimos debería recibir adicionalmente un pago de 124.46 pesos solo por concepto de prima dominical. Es importante tener en cuenta que, a pesar de cualquier compensación adicional que puedan recibir los empleados que trabajan durante la jornada electoral, la legislación laboral también establece la obligación de los empleadores de permitir a los trabajadores el tiempo necesario para ejercer su voto en las elecciones populares.

En caso de incumplimiento con estas disposiciones, la LFT prevé sanciones que oscilan entre 5,187 y 518,700 pesos por los pagos en días de descanso. Además, en el caso de empleados que trabajan durante la jornada electoral, los empleadores pueden enfrentar multas de 5,187 a 155,610 pesos por obstaculizar el ejercicio del voto de los trabajadores.

¿Qué sucede con los días que no son festivos oficiales?

Aunque algunas empresas reconocen internamente ciertas fechas como días de descanso, como el 2 de noviembre por el Día de Muertos o el 10 de mayo por el Día de las Madres, estas no son consideradas días de descanso obligatorio, lo que significa que los empleadores no están obligados a otorgarlos.

En este contexto, cuando se trabaja en cualquier otra fecha no reconocida por la Ley Federal del Trabajo, los empleados no tienen la obligación de recibir una compensación adicional por la prestación del servicio.

Algunos días festivos no oficiales en México incluyen el 28 y 29 de marzo por Semana Santa, el 10 de mayo por el Día de las Madres, el 12 de octubre por el Día de la Raza, el 2 de noviembre por el Día de Muertos y el 12 de diciembre por el Día de la Virgen de Guadalupe y el Día del Empleado Bancario. Ninguna de estas fechas coincide con un domingo este año, por lo que la prima dominical también queda excluida para aquellos que trabajen en estos días. No obstante, esta compensación se otorga cuando se trabaja el último día de la semana, independientemente de si es o no un día festivo.


Bermúdez Abogados somos una firma especializada en derecho laboral. Asesoramos en la prevención y conciliación laboral en empresa, ayudando en el éxito de la misión corporativa.

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Fuente: El Economista

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