STPS, por ahora, descarta inspecciones por outsourcing

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), hasta el momento, ha descartado asumir un enfoque punitivo en el cumplimiento de la reforma de subcontratación. La prioridad de la dependencia es apoyar a las empresas en su regularización.

En Bermúdez Abogados somos una firma de abogados con más de 35 de experiencia en derecho laboral que asesoramos a su empresa con los cambios legales que surjan con la Reforma en materia de subcontratación laboral.

La reforma de subcontratación estableció nuevas reglas para la prestación de servicios especializados, contemplando la inscripción al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) y limitando la tercerización de estos servicios siempre que no formen parte del objeto social y actividad económica preponderante del contratante, entre otras nuevas reglas.

La STPS sin embargo aclaró que una vez que todas las empresas hayan obtenido su inscripción al Repse y comiencen a ofrecerse los servicios especializados bajo las nuevas reglas, se vigilará la calidad de la subcontratación.

Hasta el momento, más de 30 mil empresas ya han obtenido su registro ante la Secretaría del Trabajo para operar como prestadoras de servicios especializados. Por otra parte, van 2 millones 5,015 trabajadores que ya salieron de un esquema de outsourcing a través de la sustitución patronal.

Algunas complicaciones que han detectado para que las empresas obtengan el registro ante la Secretaría del Trabajo son:

-Opinión negativa de cumplimiento ante el SAT, IMSS o Infonavit por una falta de actualización de las bases de datos de esas autoridades

-Archivo digital del objeto social ilegible

-Registro de actividades que no forman parte del objeto social

-No se captura individualmente cada actividad que se registrará

¿Cuándo solicitar el Repse?

Las empresas que deben obtener su registro ante el Repse son aquéllas que presten servicios y para ello pongan a disposición trabajadores en beneficio de otra; por ejemplo, los servicios de seguridad privada o de limpieza. La situación es diferente para un negocio dedicado al mantenimiento de elevadores o de instalación de cámaras de vigilancia, que no requieren la inscripción al padrón de la STPS, al menos para realizar estas actividades.

Sin embargo, ante la duda, algunas empresas han solicitado a todos sus proveedores contar con el Repse, aunque a la práctica el contratista no ponga a disposición trabajadores en su beneficio. En estos casos, la exigencia del registro puede tener más riegos para el cliente que para el negocio que presta el servicio.

Se acerca el vencimiento del plazo

El 1º de septiembre vence el plazo para que las empresas que deben regularizarse se registren ante la STPS o realicen la sustitución patronal, sin la condición de transferir los bienes. Aunque la atención está centrada en estas disposiciones, las empresas no pueden perder de vista que están en puerta otras obligaciones, como reportar al IMSS los contratos y al Infonavit.

Seguramente, la implementación de la reforma de subcontratación no terminará para las empresas en septiembre, porque es probable que las nuevas reglas impliquen acciones a futuro para las organizaciones.


En Bermúdez Abogados estamos al día con las últimas modificaciones a las leyes laborales. Pueden comunicarse con nosotros a los teléfonos 55 5574 24 28 / 55 5564 4719 / 55 5264 9225 o bien, al correo electrónico info@bermudezabogados.mx

Fuente: El Economista

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