Utilidades 2021 ¿cuándo se pagan?

La llamada Participación de los Trabajadores en las Unidades de las Empresas (PTU) es una obligación constitucional, eso quiere decir que las empresas deben repartir entre sus trabajadores un porcentaje de sus ganancias hechas durante el último año.

En Bermúdez Abogados somos un despacho especializado en derecho laboral que busca satisfacer las diferentes necesidades de sus clientes en relación a materia laboral, contable y fiscal para su empresa.

Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), las utilidades son un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado y deberán recibirlas.

El artículo 120 de la Ley Federal de Trabajo (LFT) establece que el reparto de utilidades debe darse a aquellos empleados que presten un trabajo subordinado para un patrón o empresa. El monto que recibirán, se calcula con el número de días trabajados en un año y por el monto de salarios devengados, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria.

¿Cuándo se entregan las utilidades en 2021?

El reparto de utilidades se hace 60 días después de la presentación de la declaración anual. La declaración en 2021 para personas morales tiene como límite el 31 de marzo, y el 30 de abril para personas físicas. De esta manera, las utilidades se pagarán del 1 de abril al 30 de mayo, para personas morales; y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.

¿Quiénes deben recibir el reparto de utilidades?

El reparto de utilidades se realiza entre todos los trabajadores, con excepción de directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas. En el caso de trabajadores eventuales, deben haber trabajado al menos 60 días durante el año que corresponda para tener participación en las utilidades. Les tocan reparto de utilidades a:

  • Trabajadores de planta
  • Trabajadores eventuales (que hayan laborado al menos 60 días)
  • Exempleados que hayan sido despedidos o que hayan renunciado voluntariamente en el último año
  • Trabajadores de confianza
  • Empleados subcontratados

No les toca reparto de utilidades a:

  • Directores, administradores y gerentes generales
  • Empleados eventuales que hayan trabajado menos de 60 días en el año
  • Empleados contratados por honorarios que no tienen relación formal de trabajo.
  • Trabajadores domésticos
¿Disminuirá el reparto de utilidades por la pandemia de Covid-19?

Si la empresa para la que laboró un trabajador se vio afectada por la pandemia, es posible que el monto que le otorguen sea menor, sin embargo, no pueden negarle el pago de utilidades, al menos que el ingreso declarado por la empresa del Impuesto Sobre la Renta no haya superado los 300 mil pesos.

¿Hasta cuándo se puede reclamar el pago de utilidades?

La Ley Federal del Trabajo establece que, si los trabajadores no reciben sus utilidades en el plazo fijado o si las reciben de forma incompleta, tienen hasta un año, a partir del día siguiente establecido, para realizar el reclamo del pago de utilidades.


En Bermúdez Abogados apoyamos a empresas y particulares en todos los trámites legales que se requieran en esta etapa de emergencia.

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Fuente: El Heraldo de México  / Marca

Imagen de juliangvm en Pixabay

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