23 Nov Ya es obligatorio el registro en el IMSS para trabajadoras del hogar
El 16 de noviembre de 2022 quedó publicado en el Diario Oficial de la Federación y entró en vigor la obligación de inscribir ante el IMSS a las trabajadoras del hogar, de acuerdo con el artículo segundo transitorio del Decreto de modificaciones a la Ley del Seguro Social.
Bermúdez Abogados es un despacho especializado en derecho laboral que busca satisfacer las diferentes necesidades de sus clientes en relación a materia laboral para su empresa.
Entre los beneficios del aseguramiento ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de las personas trabajadoras del hogar, se encuentran los siguientes:
- Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica
- Incapacidades
- Pensión por invalidez y vida
- Fondo para el retiro
- Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías
¿Cómo registrar a una persona trabajadora del hogar al IMSS?
#1 Ingresar a la página del IMSS y dar clic en el apartado de personas trabajadoras del hogar.
#2 Llenar los datos solicitados sobre el empleador (CURP, correo electrónico, domicilio y datos de contacto) y la persona trabajadora del hogar (CURP, domicilio, datos de contacto y número de seguridad social). En caso de no contar con este último, se debe generar uno en línea a través de la misma página.
#3 Indicar los días que labora la persona en el hogar y el salario diario o mensual. Con base en esa información, el sistema calculará la cuota de la persona empleadora y la cuota de la trabajadora. Quien la contrata se debe encargar de retener la cuota de la empleada, pues se debe realizar un solo pago que incluya la cantidad que le toca a ambas partes.
En cualquiera de las tres modalidades de empleo para este sector —de entrada por salida, de planta o de quedada y empleo en diferentes domicilios— las personas empleadoras pueden utilizar la calculadora del IMSS para determinar el pago mensual correspondiente.
#4 Descargar el formato de incorporación y la línea de captura para realizar el pago, ya sea a través de banca en línea o en ventanillas.
El pago debe efectuarse dentro de los primeros 20 días del mes. El aseguramiento iniciará el primer día del mes siguiente.
En los siguientes periodos, considerando la información proporcionada por el patrón, el IMSS enviará cada mes por correo electrónico la línea de captura para el pago.
Bermúdez Abogados asesora y acompaña a empresas y particulares en materia laboral. Puede comunicarse con nosotros al WhatsApp 55 5415 1674, al teléfono 55 5574 2428 o bien al correo electrónico info@bermudezabogados.mx y podrá recibir una asesoría laboral gratuita.
Fuente: El Economista
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